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Reforma Electoral en el Estado de México: nepotismo y reelección en la mira

 


Las Comisiones de la LXII Legislatura de la entidad, revisan el Código Electoral del Estado de México con las propuestas de reformas para armonizarlo con las reformas constitucionales a nivel federal, al respecto, el diputado Maurilio Hernández Gonzales, señaló que, en el caso de su propuesta, la intención es eliminar el nepotismo, considerado una "perversión de la actividad política", desde la Constitución y las leyes secundarias.

“Creo que se es muy puntual en cuanto a lo que se está proponiendo y seguramente será aprobado ya en su momento y que tiene que ver con pues garantizar, desde luego, que esa práctica que se había hasta normalizado durante mucho tiempo, pero que es una perversión de la actividad política, puede eliminarse en el más alto nivel, desde la propia Constitución y desde luego las leyes secundarias, como es este caso del Código y las Leyes Orgánicas”

De acuerdo con el diputado, espera que estas reformas entren en vigor antes del inicio del proceso electoral, considerando que, si la iniciativa de reforma constitucional y el código electoral en cuanto al calendario electoral transitan, el Consejo General del IEM emitirá la convocatoria en la segunda quincena de septiembre.

En cuanto a la reelección, en el caso de la Federación, dijo, aplicará a partir de la elección de 2030, mientras que en el Estado de México, se espera que se aplique lo mismo, a partir de una decisión de los partidos políticos, y que en el caso particular de Morena, su partido definirá esta regla en su próximo Congreso Nacional.

“Es que la reelección no es un triunfo en automático, finalmente, el mecanismo de la postulación para la reelección de alguno de los aspirantes tiene que ver, desde luego, con cumplir un tamiz, que es el de en la encuesta, y además, una encuesta con un nivel de aceptación muy alto; no son encuestas (…) yo puedo pagar mi encuesta, pero me tengo que someter a la encuesta que ponga el partido en este caso.

“No se va a tomar en consideración encuestas que presente el interesado, las encuestas las tiene que hacer el partido porque existe incluso dentro del partido un organismo nacional para la elaboración, la aplicación y desde luego la calificación de las encuestas, y se tendrá que tener el 60% de la aceptación; gobernar bien, no garantiza una reelección.”

Finalmente, respecto a los probables actos anticipados de campaña, como nombres pintados en bardas, señaló que se pueden tipificar como tales y aplicar sanciones, incluso la negación del registro para competir, si se demuestra que son actos anticipados de campaña según la legislación, mientras que la honorabilidad es responsabilidad de la actuación y conducta de cada persona.

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