El Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM)
confirmó el acuerdo de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Electoral del
Estado de México (IEEM) que declaró la falta de competencia para conocer la
denuncia presentada por la presidenta del Sistema para el Desarrollo Integral
de la Familia (DIF) del municipio de Metepec por presuntos actos de violencia
política contra las mujeres en razón de género.
El pleno del Tribunal ratificó por mayoría de votos la
resolución del órgano local bajo el criterio de que el caso no corresponde a la
materia electoral, debido a que la denunciante no ejerce un cargo de elección popular
ni cuenta con la condición de precandidata o candidata. La determinación quedó
asentada en el expediente JDCL/82/2026.
En la misma sesión, el tribunal resolvió el Juicio
Ciudadano JDCL/56/2026, correspondiente al municipio de Jocotitlán. Las magistraturas
resolvieron que el ayuntamiento de dicha demarcación obstaculizó las funciones
de la representación indígena al omitir las convocatorias a las sesiones de
cabildo, restringir los recursos materiales para su desempeño y aplicar una
disminución en las percepciones económicas. El órgano jurisdiccional ordenó a
la presidencia municipal restablecer los derechos del representante electo.
Durante la jornada legal, el Tribunal Electoral del
Estado de México dictó sentencia en un total de catorce juicios para la
protección de los derechos político-electorales de la ciudadanía local, nueve
procedimientos especiales sancionadores y un recurso de apelación presentados
por los diversos actores políticos de la entidad.



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