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Confirma TEEM improcedencia de denuncia de presidenta honorifica del DIF de Metepec

 


El Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) confirmó el acuerdo de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) que declaró la falta de competencia para conocer la denuncia presentada por la presidenta del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) del municipio de Metepec por presuntos actos de violencia política contra las mujeres en razón de género.

El pleno del Tribunal ratificó por mayoría de votos la resolución del órgano local bajo el criterio de que el caso no corresponde a la materia electoral, debido a que la denunciante no ejerce un cargo de elección popular ni cuenta con la condición de precandidata o candidata. La determinación quedó asentada en el expediente JDCL/82/2026.

En la misma sesión, el tribunal resolvió el Juicio Ciudadano JDCL/56/2026, correspondiente al municipio de Jocotitlán. Las magistraturas resolvieron que el ayuntamiento de dicha demarcación obstaculizó las funciones de la representación indígena al omitir las convocatorias a las sesiones de cabildo, restringir los recursos materiales para su desempeño y aplicar una disminución en las percepciones económicas. El órgano jurisdiccional ordenó a la presidencia municipal restablecer los derechos del representante electo.

Durante la jornada legal, el Tribunal Electoral del Estado de México dictó sentencia en un total de catorce juicios para la protección de los derechos político-electorales de la ciudadanía local, nueve procedimientos especiales sancionadores y un recurso de apelación presentados por los diversos actores políticos de la entidad.

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