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A propósito del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social para Pueblos Indígenas

 


Uno de los aspectos más complejos y menos visibilizados durante la implementación del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social para Pueblos Indígenas (Faispiam) en su ejercicio 2025 fueron los señalamientos en contra de los denominados Servidores de la Nación. Ya que, en diversas comunidades originarias, se denunció que estos operadores gubernamentales asumieron funciones de control político, conducción de asambleas y toma de decisiones que correspondían de manera exclusiva a los integrantes de las Comunidades Originarias. Y es que, si bien el diseño original de esta política pública se presentó formalmente como una estrategia para consolidar la autonomía y la libre determinación de los Pueblos Indígenas, la práctica en el territorio evidenció contradicciones estructurales, donde las deliberaciones comunitarias fueron delimitadas y dirigidas por el personal de la estructura federal.

La principal inconformidad radicó en la intervención operativa de los funcionarios durante las asambleas, pues, de acuerdo con los testimonios recabados en múltiples regiones, los Servidores de la Nación se encargaron de emitir las convocatorias, coordinar los debates, validar los acuerdos finales y lo verdaderamente grave: orientar las votaciones hacia proyectos específicos. Este dinamismo limitó la capacidad de discusión libre y la definición de prioridades con base en los usos y costumbres de cada localidad. Ante ello, las comunidades manifestaron que las reuniones se percibían como procesos preconfigurados y carentes de debate interno, donde, en ciertos casos, los habitantes enfrentaban presiones institucionales para aprobar con celeridad minutas y formatos previamente estructurados por las dependencias federales.

Asimismo, esta dinámica generó fricciones con las autoridades tradicionales de los Pueblos Indígenas, habiendo casos donde los Servidores de la Nación desplazaron las atribuciones de comisariados ejidales, consejos de ancianos y representantes comunales legítimos. Los reportes indican que los empleados federales determinaban la validez de las actas y regulaban el uso de la palabra, lo cual fue interpretado por las Comunidades como una invasión a su autonomía y un desconocimiento de sus estructuras organizativas históricas; esta situación evidenció la contradicción de implementar políticas de descentralización y autogobierno a través de un aparato burocrático centralizado.

A las quejas por la sustitución de liderazgos se sumaron acusaciones de carácter político y clientelar en el manejo de los padrones y de los recursos económicos del Fondo, al señalar  que algunos operadores utilizaron el programa para la promoción partidista y el condicionamiento informal de la obra pública. Además, la selección de proyectos como caminos, redes de agua potable y electrificación estuvo influenciada por los criterios de viabilidad que dictaban los propios funcionarios, quienes favorecían aquellas obras con mayor visibilidad política. Esta intervención técnica colocó a las Comunidades en una situación de dependencia absoluta debido a la complejidad de las reglas de operación y los trámites administrativos indispensables para acceder a los recursos presupuestales.

Ante la falta de mecanismos institucionales claros para denunciar las irregularidades, los beneficiarios manifestaron temor a sufrir represalias, tales como la exclusión de futuros programas sociales o el retraso en la entrega del presupuesto para sus comunidades.

Para el periodo 2026, las áreas de oportunidad se centran en limitar la participación de los Servidores de la Nación al acompañamiento técnico, fortalecer las contralorías comunitarias independientes y establecer protocolos rígidos que garanticen el respeto a los tiempos y sistemas normativos de las comunidades indígenas; Las Asambleas ya han iniciado a lo largo y ancho del país, de momento, todavía se respira un ambiente de incertidumbre ante la falta de difusión del propio Fondo entre las Comunidades, y ya no digamos en sus lenguas, no hay promoción para la realización de las asambleas y quien no está adentrado en los temas relacionados con los Pueblos Originarios, incluso, desconoce la existencia del Faispiam, en realidad, parece que ocurre que, quien tiene el conocimiento, tiene el poder.

Aunque aclaro que lo anterior no justifica que la ciudadanía y los integrantes de los Pueblos, no tengan la obligación de informarse, la crítica radica en que no todas las personas tienen las mismas herramientas para acceder al conocimiento y a la información, este derecho humano que no termina de cubrir  y abrazar a todas las personas, distancia al ciudadano de a pie, de los programas federales que pueden impulsar su desarrollo, y si encima de eso, los funcionarios no respetan los sistemas normativos de la Comunidad, estamos colocados en un sistema que continúa haciendo a un lado a unos, y privilegiando a otros.

A propósito de no hacer a un lado a otros… El debate jurídico y social en torno a la denominada "Ley Vicente", comienza a colocarse en los principales temas de conversación, ya que aborda un tema sensible sobre los procesos de custodia infantil en México, y cuestiona que sean las mujeres, quienes tengan un mayor peso legal, para quedarse con los hijos, tras una ruptura de pareja.

Lo que comenzó como el dolor de un padre en Mexicali cuando su hijo de nombre “Vicente”, de tres años de edad, falleció tras permanecer más de doce horas dentro de un vehículo, luego de que presuntamente su madre, Roxana “N”, lo dejó ahí después de llegar de una fiesta familiar para que siguiera durmiendo en el auto; sin embargo, con el paso del tiempo, a la mujer se le olvidó que el niño seguía en el vehículo. De esa tragedia nació una movilización que hoy cuestiona algo que los tribunales familiares mexicanos rara vez se cuestionan a sí mismos: si sus criterios para otorgar custodias provisionales son técnicos o simplemente tradicionales.

La propuesta plantea evaluaciones psicológicas y toxicológicas previas a cualquier resolución, revisión integral del entorno familiar y custodias sin presunciones automáticas de género, y sus simpatizantes argumentan que los jueces requieren herramientas técnicas adicionales para evaluar riesgos psicológicos y de seguridad integral del menor, y no solamente ceder la custodia ante las inercias de género en el sistema familiar.

Por otro lado, especialistas y juristas advierten sobre riesgos operativos como la sobrecarga en juzgados familiares y el impacto presupuestal de exigir peritajes, psicólogos y trabajadores sociales obligatorios. Asimismo, colectivos feministas señalan el riesgo de instrumentalización para minimizar contextos de violencia de género, mientras que otros expertos cuestionan la constitucionalidad de aplicar pruebas toxicológicas sin indicios previos.

Hasta el momento, la iniciativa es sólo una propuesta ciudadana y de agenda pública en Baja California, pero esta discusión comienza a tener una tendencia nacional que trasciende el caso particular y cuestiona los criterios para determinar custodias provisionales, la existencia de sesgos en los tribunales y los límites de la intervención del Estado en la vida privada para garantizar el interés superior de la infancia.

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