El diputado Gerardo Ulloa presentó ante la Comisión de Procuración y Administración de Justicia, su iniciativa para derogar la fracción III, del artículo 293, la fracción IV, del artículo 295, el artículo 300 y las fracciones I y II, del artículo 301 y se reforman: la fracción III, del artículo 295 y el primer párrafo del artículo 301 del Código Penal del Estado de México, con el objeto de posibilitar la querella en el delito de robo o abigeato, cuando sean cometidos entre familiares.
Y es que de acuerdo con el diputado, actualmente, la establece
que no será punible el delito de robo cuando se cometa por un ascendiente en
contra de un descendiente, o viceversa; por un cónyuge contra el otro por él
concubino contra la concubina, o viceversa; o por el adoptante contra el
adoptado, o viceversa.
“Artículo 300, no será punible el delito de abigeato cuando
se ha cometido por un ascendiente en contra de un descendiente, o por este
contra aquel; por un cónyuge contra el otro o el concubino contra la concubina,
o por esta contra aquel; o por la adoptante contra el adoptado o por este”.
Por lo anterior, refirió que ya sea por burocracia, malas
prácticas o con base a una regla legal, se niega el acceso a la justicia,
fomentando la impunidad, pues de manera
legal se presenta una excusa absolutoria en razón del parentesco de las
personas, sin embargo, no existe siquiera la certeza de que entre parientes haya
convivencia real y efectiva.
“En muchos casos los cónyuges o concubinos se separan, no se
vuelven a ver las familias, se encuentran separadas totalmente, o ni siquiera
se conocen; por lo que dejar sin persecución el delito de robo entre
determinados parientes genera impunidad e impotencia en las víctimas del delito”.
Incluso señaló el legislador, aun existiendo una efectiva
convivencia entre familiares, ello no implica ni justifica la existencia de una
excusa absolutoria que deje impune el delito, por lo que considera que la persecución del delito debe
quedar a decisión de la víctima.
Finalmente señaló que en todo el país, sólo en los Códigos Penales
de Colima, Michoacán, Puebla, y Estado de México, mantienen la provisión de las
querellas por el robo entre familiares, por lo que cuestionó que se deba
mantener en nuestro sistema normativo y de justicia, una norma arcaica, que violenta
derechos fundamentales.
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