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Inicia análisis para reformar la imposibilitar de querella por robo o abigeato entre familiares

 


El diputado Gerardo Ulloa presentó ante la Comisión de Procuración y Administración de Justicia, su iniciativa para derogar la fracción III, del artículo 293, la fracción IV, del artículo 295, el artículo 300 y las fracciones I y II, del artículo 301 y se reforman: la fracción III, del artículo 295 y el primer párrafo del artículo 301 del Código Penal del Estado de México, con el objeto de posibilitar la querella en el delito de robo o abigeato, cuando sean cometidos entre familiares.

Y es que de acuerdo con el diputado, actualmente, la establece que no será punible el delito de robo cuando se cometa por un ascendiente en contra de un descendiente, o viceversa; por un cónyuge contra el otro por él concubino contra la concubina, o viceversa; o por el adoptante contra el adoptado, o viceversa.

“Artículo 300, no será punible el delito de abigeato cuando se ha cometido por un ascendiente en contra de un descendiente, o por este contra aquel; por un cónyuge contra el otro o el concubino contra la concubina, o por esta contra aquel; o por la adoptante contra el adoptado o por este”.

Por lo anterior, refirió que ya sea por burocracia, malas prácticas o con base a una regla legal, se niega el acceso a la justicia, fomentando  la impunidad, pues de manera legal se presenta una excusa absolutoria en razón del parentesco de las personas, sin embargo, no existe siquiera la certeza de que entre parientes haya convivencia real y efectiva.

“En muchos casos los cónyuges o concubinos se separan, no se vuelven a ver las familias, se encuentran separadas totalmente, o ni siquiera se conocen; por lo que dejar sin persecución el delito de robo entre determinados parientes genera impunidad e impotencia en las víctimas del delito”.

Incluso señaló el legislador, aun existiendo una efectiva convivencia entre familiares, ello no implica ni justifica la existencia de una excusa absolutoria que deje impune el delito, por lo que  considera que la persecución del delito debe quedar a decisión de la víctima.

Finalmente señaló que en todo el país, sólo en los Códigos Penales de Colima, Michoacán, Puebla, y Estado de México, mantienen la provisión de las querellas por el robo entre familiares, por lo que cuestionó que se deba mantener en nuestro sistema normativo y de justicia, una norma arcaica, que violenta derechos fundamentales.

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